Skip to main content

Teléfonos: +593 2 514 1312 | Horario de Atención: Lunes a Viernes de 10h00 a 15h00

Proyectos y Actividades Recientes

SYNERGIA

Se ha conformado el Consorcio – Implementación OC-24/17 en Ecuador, Panamá y Perú, en febrero de 2019, para ejecutar la siguiente hoja de ruta:

  • Período de implementación: 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2022. El proyecto busca reforzar los litigios internos existentes y todos los casos nuevos mediante la aplicación de aspectos de la Opinión Consultiva 24 (OC-24). Por lo tanto, el período de implementación refleja la necesidad de utilizar la OC-24 tan pronto como sea posible (en litigios existentes), al tiempo que se garantiza simultáneamente que los litigios nuevos y en curso lanzados a través del proyecto tengan el tiempo máximo para avanzar.
  • Resultado primario a corto plazo: las organizaciones LGBTIQ y referentes de REDLACTRANS en Ecuador, Perú y Panamá avanzan con éxito los litigios pro LGBTIQ utilizando la OC-24 en casos nacionales internos en curso y futuros.
  • Resultado secundario a corto plazo: los funcionarios estatales en los países, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana facilitan mejor la implementación de la OC-24.

Organizaciones de la Sociedad Civil de América Latina Trabajan por la Implementación de la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte IDH

En la Ciudad de Panamá las organizaciones: Taller de Comunicación Mujer - Ecuador, Promsex - Perú; Fundación Iguales - Panamá, REDLACTRANS -organización regional con su secretaría en Argentina-, sus referentes nacionales en Ecuador, Panamá y Perú (Asociación Alfil, Asociación Panameña de Personas Trans y Organización Trans Feminista); y la organización regional Synergia - Iniciativas por los Derechos Humanos, se reúnen con el objetivo de discutir obstáculos y avances en la implementación de la Opinión Consultiva 24/17 (OC-24/17) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Hace dos años, la Corte IDH publicó la OC-24/17 mediante la cual interpretó que la Convención Americana obliga a los Estados a adoptar medidas internas para garantizar el reconocimiento de todos los derechos humanos a todas las personas, sin discriminación alguna por su orientación sexual e identidad o expresión de género. La Corte IDH afirmó que los Estados están obligados a garantizar a las personas trans el reconocimiento pleno de su identidad, incluyendo la rectificación de sus documentos de manera que reflejen su nombre, género, imagen, entre otros componentes identitarios, a través de procesos de naturaleza administrativa, sencillos y conformes con el principio de dignidad humana y no discriminación. La Corte IDH también enfatizó que los Estados están obligados a garantizar a las parejas del mismo sexo los mismos derechos que tienen las parejas heterosexuales, incluyendo el derecho al matrimonio.

Tal y como se señala en el propio texto de la Opinión, la OC-24/17 es obligatoria para todos los Estados de la OEA. En virtud del control de convencionalidad, los Estados, incluidos todos sus órganos y todos sus funcionarios públicos, están obligados a adecuar su normativa interna a la OC-24, y así evitar la responsabilidad internacional del Estado. Notamos que si bien hay avances en algunos países de la región, persisten grandes desafíos para su pleno cumplimiento.

Reafirmamos nuestro compromiso de trabajo conjunto y coordinado -y en articulación con otras organizaciones sociales- con miras a apoyar a los Estados, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a otros actores clave para hacer de la OC-24/17 una realidad en toda la región.

En la ciudad de Panamá, 13 de febrero de 2020.